viernes 26 abril 2024

Trabajo en plataformas digitales, en los límites de la realidad

El empleo intermediado por las plataformas digitales -como las de transporte y de entrega a domicilio- han tenido un excesivo aumento desde el comienzo de la pandemia y las ‘cuarentenas’ impuestas por las distintas administraciones de estado en el mundo entero. En Chile, estimaciones del ministerio del Trabajo y Previsión Social apuntan a que unas 300 mil personas podrían estar logrando ingresos de esta forma constante y continua.

Su desempeño es central para el éxito de estos negocios. La intensa actividad del servicio de reparto y entregas de productos vía apps este último tiempo ha elevado el interés de los parlamentarios por regular sobre este nuevo tipo de empleo; manteniendo su flexibilidad y garantizando resguardos básicos a los trabajadores tales como el pago de imposiciones, el ordenamiento de horarios de trabajo y el derecho a la desconexión fuera del horario de trabajo.

Un debate que no es solo local, sino que ha enfrentado posiciones en países como Reino Unido, con el fallo que los considera trabajadores y no contratistas independientes, y en Estados Unidos: en California sus votantes determinaron que los conductores de Uber y otras plataformas sí debían ser autónomos.

Pero este tipo de empleo no puede asimilarse mecánicamente a un trabajo dependiente o independiente, como los que conocemos hoy: ahí está una de las dificultades centrales de los intentos por legislar. Aunque -hasta ahora-, los dos proyectos que se discuten en el Congreso no solo no coinciden en sus enfoques, sino que evaluados por separado tampoco parecen concitar los respaldos necesarios para seguir sus respectivos caminos legislativos.

De esta manera, la persona podrá ejercer todos derechos individuales y colectivos que tienen los trabajadores, aunque se regulan algunos aspectos específicos. En la práctica, esto implica que siempre habrá un contrato de trabajo, lo que rigidiza una relación que se caracteriza por su flexibilidad y puede no convenirle a quienes trabajan en esto de forma esporádica o solo algunas horas o días a la semana, por lo que se debe incorporar el concepto de empresas prestadoras de servicios, dado que las plataformas por sí mismas no lo son. Además, quienes presten servicios personales intermediados digitalmente reciban todos los beneficios sociales, previsionales y otros establecidos en el contrato de trabajo. Pero no con un contrato fijo que les reste la necesaria flexibilidad, dado que varios trabajan para más de una plataforma.

La visión de las Apps. La preocupación entre las plataformas digitales por el curso que han tomado los intentos de legislar es parte de las especulaciones ‘de pasillo’ que ocurren en el Parlamento. Esto, al generarse cierto vacío luego que el acuerdo logrado en la Comisión de Trabajo del Senado quedara «sin piso», y en la Cámara tampoco se esbocen avances.

“En PedidosYa hemos estado y seguiremos estando abiertos a aportar en un diálogo moderno y constructivo que logre un equilibrio y beneficie a todas las partes involucradas”, dijeron desde la empresa. Añadiendo que aspiran a “ser parte activa en la discusión regulatoria para que todo el ecosistema; es decir, empresas, repartidores, socios y clientes, se vean beneficiados por medio de una legislación moderna y flexible”.

En tanto, desde Uber, aseguran compartir “la necesidad de promover las mejores condiciones para quienes desean generar ingresos usando la tecnología y que sean compatibles con los atributos de autonomía e independencia, que son los más valorados por quienes eligen la aplicación de Uber”. Además, precisaron que el Marco Regulatorio de esta actividad «debería apuntar a mantener el acceso a las oportunidades económicas que ha generado Uber en Chile, de manera que quienes deseen y necesiten puedan proveer a sus familias una mejor calidad de vida».

Fuente: https://centraldenoticias.cl/2021/02/24/servicios-delivery-en-los-limites-de-la-realidad/

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